El deudor de buena fe y la Ley de Segunda Oportunidad

Deudor de buena fe

El concepto ‘de buena fe’ hace alusión a la actuación de una persona basada en la honradez, la veracidad y la rectitud de su conducta. Se ha convertido en un principio general del derecho, que ayuda a dilucidar cuestiones que pueden ser litigiosas o controvertidas.

Por ejemplo, sirve para determinar si un deudor se encuentra en esa situación sin haberla provocado con malas artes o engaños.

De este modo, cuando el deudor lo es de buena fe, puede acceder por ejemplo a la exoneración de las deudas. Es decir, puede evitar pagarlas, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

Pero, ¿cómo puede acreditar alguien que es un deudor es de buena fe? En este artículo lo explicamos.

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El concepto de deudor de buena fe

Es preciso, para entrar dentro de esta calificación, cumplir con algunos requisitos. Acatarlos es necesario para acceder a la Ley de Segunda Oportunidad.

La norma que establece estas condiciones es la Ley Concursal. En base a ella, el juez podrá determinar objetivamente si alguien es un deudor de buena fe, o no.

Las características del deudor de buena fe

Para ser un deudor de buena fe en un concurso de acreedores, hay que cumplir con los siguientes requisitos:

  • Que el propio concurso no haya sido declarado culpable por el juez concursal. Aunque el juez puede conceder ese beneficio de exoneración según las circunstancias del caso, y siempre que no se aprecie una culpa grave del deudor. Con este requisito se pretende que no se beneficie de la exoneración un deudor que haya provocado adrede el concurso, para aprovecharse de sus ventajas y no pagar sus deudas.
  • Que el deudor no haya sido condenado por delitos económicos en los últimos 10 años. Es lógico que las personas condenadas por estos delitos no puedan a la vez obtener el beneficio de exoneración de sus deudas.

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Además de poder justificar que el solicitante se trata de un deudor de buena fe, para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad hay que cumplir con más requisitos:

  1. Ser un deudor de buena fe.
  2. Que las deudas no superen los cinco millones de euros.
  3. Demostrar que no se cuenta con patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas.
  4. Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores.
  5. No ser objeto de un concurso culpable.
  6. No haber sido condenado por delitos económicos, contra los derechos de los trabajadores, contra el patrimonio, contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social.
  7. No haberse acogido a esta ley en los últimos 10 años.
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