¿Es usted un particular y tiene deudas que no puede pagar?
En este artículo explicamos qué es la Ley de Segunda Oportunidad para particulares, cómo funciona este mecanismo y cuáles son sus ventajas.
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Contacte con nosotros¿En qué consiste la Ley de Segunda Oportunidad para particulares?
Desde 2015, la Ley de Segunda Oportunidad ofrece la posibilidad de que una persona física (particular o autónomo) que atraviese una mala situación económica pueda librarse de sus deudas. Hasta ese momento, los mecanismos concursales estaban pensados específicamente para las empresas, pero no para las personas físicas, como los particulares.
Para que un particular pueda empezar de cero a través de la segunda oportunidad, debe cumplir con una serie de requisitos:
- Estar en situación de insolvencia, actual o inminente (es decir, prevista para los próximos 3 meses).
- Ser deudor de buena fe. Para ello, tiene que quedar acreditado que no se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 487.1 de la Ley Concursal (por lo que, por ejemplo, no podrá haber cometido determinados delitos a lo largo de los últimos 10 años, o ciertas faltas administrativas en el mismo plazo, entre otros casos).
- No haber obtenido la EPI en los 5 años anteriores, si fue con liquidación de masa activa, o en los 2 últimos años anteriores, en caso de que fuera con plan de pagos.
- Tener deudas con al menos dos acreedores, contando aquellos con los que se esté al día.
¿Cómo iniciar un procedimiento de segunda oportunidad?
En primer lugar, hay que cumplimentar un escrito de solicitud en el que se debe explicar que se cumplen los requisitos y al que se adjuntará toda la documentación necesaria. Esto dará comienzo al procedimiento, durante el cual, el juez comprobará que el solicitante, en efecto, reúne las condiciones para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), en cuyo caso, se la concederá a través de un auto.
Existen tres formas de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad y conseguir la EPI:
- Con liquidación de la masa activa. En este caso, el deudor tiene que enajenar sus bienes, pero consigue la exoneración definitiva directamente.
- A través de un plan de pagos. Así, el deudor conservará sus bienes, por ejemplo su vivienda habitual, a cambio de eliminar en principio solo parte de las deudas y continuar pagando el resto durante un plazo de 3 años, que en ciertos casos se amplía a 5. Por lo cual, consigue la exoneración provisional y, una vez que termina el plan de pagos, la definitiva.
- Por la vía de la insuficiencia de masa activa (IMA), si no tiene bienes que pueda liquidar ni ingresos que le permitan atender a un plan de pagos.
Desde la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad de 2022, ya no es necesario intentar un acuerdo extrajudicial de pagos, y tampoco existe el concurso consecutivo, ni se nombra a un mediador concursal. Por todo ello, hoy en día, todos los trámites se realizan exclusivamente en sede judicial.
Durante todo el procedimiento, es recomendable contar con los servicios y el asesoramiento de un abogado especialista en Segunda Oportunidad.
Ventajas de acogerse a la segunda oportunidad para particulares
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo que beneficia enormemente a los particulares que se encuentren endeudados. Algunas de las principales ventajas son:
- La posibilidad de detener ejecuciones ya desde el inicio del procedimiento, lo que permite a los particulares librarse de los embargos.
- Una vez que obtiene la EPI, el deudor exonerado tiene que desaparecer de los ficheros de morosos en los que figure.
- Permite a los particulares que cumplan los requisitos exonerar aquellas deudas que no puedan pagar y empezar de cero.
Contacte con nosotros y asesórese sin compromiso. Le informaremos de si cumple con los requisitos, si en su caso es viable exonerar la totalidad de sus deudas, y, en caso contrario, buscaremos librarle del mayor porcentaje posible.